Riesgo Cubierto: este seguro corresponde para toda máquina o equipo destinado a obras, construcciones, reparaciones y en el ámbito no comprendido por seguros más específicos. El Seguro Automotor excluye expresamente la responsabilidad por los daños causados por este tipo de maquinarias (CG-RC 2.1 Exclusiones a la cobertura para Responsabilidad Civil).
Se cubre la maquinaria y equipo, a partir del momento en que se encuentra efectuando su función específica, sobre la superficie terrestre y en tierra firme, incluyendo su eventual tránsito terrestre y transporte terrestre (siempre que se efectúen por sus propios medios y/o por unidades propias del Asegurado), y/o depósito terrestre.
Los bienes consignados en el listado de equipos de contratistas quedan cubiertos contra pérdidas y/o daños materiales externos, siempre que tales pérdidas y/o daños se produzcan en forma accidental, súbita e imprevista y que se haga necesaria una reparación y/o reposición.
Cobertura Básica: Daños totales por Incendio, Accidente, Robo y/o Hurto, a prorrata hasta el valor individual de cada equipo.
Cobertura Adicional: Responsabilidad Civil por lesiones y/o muerte y daños materiales a cosas de terceros hasta el valor del equipo, pero no mayor a $ 100.000.-
Franquicia por Responsabilidad Civil por daños a cosas: 2% aplicado sobre el límite de la R.C. (mínima $ 500)
Exclusiones:
- Riesgos petroleros y/o petroquímicos.
- Vehículos destinados al transporte de pasajero.
- Embarcaciones y cualquier otro equipo flotante (excepto grúas sobre pontones).
- Aeronaves.
- Máquinas y/o Equipos que se emplacen en un predio para formar parte integrante del mismo.
- Máquinas y/o Equipos ubicados o trabajando en subterráneos o túneles.
- Riesgos amparados por la cobertura de Automóviles.