Acompañándote en cada entrenamiento, en cada competencia
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*RIESGOS DE DEPORTES SUJETOS A ANÁLISIS: Si en el listado de deportistas de las disciplinas fútbol y rugby existen jugadores mayores de 35 años de edad, deberán solicitar cotización a su Ejecutivo Comercial.
DEPORTISTAS DE ENTRE RÍOS
FEDERADOS
Menores de 5 a 20 años
Accidentes ocurridos durante entrenamientos, prácticas y/o competencias, de actividades deportivas organizadas por entes oficiales, desarrolladas dentro o fuera de la Provincia (excluido el exterior del país), en horarios preestablecidos y en los predios designados en póliza, y la participación en competencias organizadas y fiscalizadas por las instituciones de 1° grado (Clubes), 2° grado (Asociaciones, Ligas), 3° grado (Federaciones) o los entes rectores a nivel nacional (Ley de Deporte n° 8347) y/o actividades Municipales oficiales (Escuelas Deportivas).
Mayores de 21 a 60 años
Accidentes ocurridos durante entrenamientos, prácticas y/o competencias, de actividades deportivas organizadas por entes oficiales, desarrolladas dentro o fuera de la Provincia, (excluido el exterior del país), en horarios preestablecidos y en los predios designados en póliza y la participación en competencias organizadas y fiscalizadas por las instituciones de 1° grado (Clubes), 2° grado (Asociaciones, Ligas), 3° grado (Federaciones) o los entes rectores a nivel nacional (Ley de Deporte n° 8347) y/o actividades Municipales oficiales (Escuelas Deportivas).
NO FEDERADOS
Muerte e Incapacidad total y/o parcial permanente por accidente, en el ámbito deportivo exclusivamente, hasta la suma de $ 150.000 (Pesos ciento cincuenta mil).
Asistencia médica farmacéutica sanatorial por accidente hasta $ 30.000 (Pesos treinta mil), sin franquicia, por todo y cada acontecimiento.
EN CASO DE REQUERIR SUMAS ASEGURADAS DIFERENTES SE DEBERÁ REQUERIR COTIZACIÓN.
ESTE TIPO DE COBERTURA NO ES ASUMIDA POR EL ESTADO PROVINCIAL, POR LO TANTO, EL CLUB DEBE ABONAR EL 100% DE LA MISMA.
Muerte e Incapacidad total y/o parcial permanente por accidente, en el ámbito deportivo exclusivamente, hasta
la suma de $ 150.000 (Pesos ciento cincuenta mil).
Asistencia médica farmacéutica sanatorial por accidente hasta $ 30.000 (Pesos treinta mil), sin franquicia, por
todo y cada acontecimiento.
En caso de requerir sumas aseguradas diferentes se deberá requerir cotización.